Los alumnos que hayan repetido de curso y que hayan sido asignados a un nuevo establecimiento educacional, tendrán un periodo de regularización exclusiva (solo para el establecimiento asignado) el día 11 de diciembre. Todo a través de Anótate en la Lista, que estará disponible en www.sistemadeadmisionescolar.cl.
Los postulantes que fueron asignados por cercanía o que no tuvieron asignación en el Periodo Complementario, tendrán una regularización exclusiva (solo para los establecimientos educacionales a los que postularon en alguno de los periodos) desde el 16 de diciembre. Todo mediante Anótate en la Lista, que estará disponible en www.sistemadeadmisionescolar.cl.
La tercera etapa de la implementación del registro público digital comenzará de manera gradual. A partir del 18 de diciembre, todos los estudiantes del país podrán solicitar matrícula en los establecimientos educativos de la zona norte. Posteriormente, el 20 de diciembre, se habilitará la solicitud para los establecimientos de la zona sur, y finalmente, el 26 de diciembre, los estudiantes podrán gestionar su matrícula en los establecimientos de la Región Metropolitana.
Efectivamente, el apoderado deberá registrarse en Anótate en la Lista para solicitar vacantes en los establecimientos de su interés. Esto ya que Anótate en la Lista y el Sistema de Admisión Escolar son plataformas diferentes.
Para inscribirse en el registro público, los apoderados interesados deben acceder al sitio web www.sistemadeadmisionescolar.cl y hacer clic en el botón "Anótate en la Lista", ubicado en la parte superior de la página. A continuación, deberán completar el registro utilizando un correo electrónico al cual tengan acceso y un número de teléfono actualizado. Después, deberán ingresar los datos del estudiante y seleccionar el curso al que desean postular. ¡Listo! Ahora podrás solicitar vacantes en los colegios de tu elección.
Los apoderados podrán solicitar vacantes en todos los establecimientos educacionales que deseen dentro de “Anótate en la Lista”. Este es el único medio para conseguir una matrícula para el año 2025.
El apoderado recibirá un correo electrónico cuando se le asigne una vacante por parte de un establecimiento educacional. Además, los colegios enviarán correos electrónicos y realizarán llamados telefónicos para reforzar el contacto con el apoderado.
Todos los apoderados que deseen o necesiten cambiar a sus hijos de establecimiento pueden solicitar vacantes a través de Anótate en la Lista, independiente de la situación de matrícula de su estudiante.
Cada apoderado que se registre en la plataforma de “Anótate en la Lista” con fin de participar del registro público, deberá asociar a su postulante tras registrarse y no será necesario acreditar el vínculo por el cual se relacionan.
Sin embargo, si el estudiante tiene matrícula vigente, al momento de su retiro del establecimiento de origen, el funcionario encargado de este proceso deberá verificar que la solicitud sea realizada por las personas autorizadas, conforme a los registros y al reglamento interno del establecimiento.
El apoderado/a puede registrar una solicitud en la lista del registro público, aunque no tenga la tutoría legal. No obstante, al momento del retiro del estudiante del establecimiento de origen, el encargado del colegio debe corroborar que el retiro sea realizado por la persona que consta como apoderado/a en sus registros.
El apoderado/a puede proceder a la matrícula en el establecimiento en que se le asigne una vacante en el periodo de regularización, y se mantiene en el registro de los otros establecimientos educacionales. No se borran los registros de los otros establecimientos en los que se registró.
En caso de que la o el estudiante haya repetido de curso, podrá solicitar matrícula en el nivel anterior al que fue asignado y en el mismo establecimiento educacional, independiente de la sede o jornada.
La única forma de solicitar matrícula en un establecimiento educacional es mediante Anótate en la lista que dispone el Ministerio de Educación. No es posible realizar una solicitud de forma presencial.
Las vacantes se asignan por orden de llegada, es decir, según la fecha y hora en la que se realizó la solicitud, sin incorporar ningún otro criterio de prioridad.
No, el registro público del colegio debe garantizar que la admisión sea por orden de solicitud (art 56, Decreto 152 año 2016 del Mineduc) y de esta forma asignar de manera transparente las vacantes disponibles. Por lo cual, el domicilio no es un factor de asignación.
Durante todo el Periodo de Regularización, cada vez que se libere una vacante, se tendrá la obligación de asignarla respetando el orden del registro en su lista de espera. Este periodo finaliza cuando comience el periodo de Matrícula para el año escolar siguiente, fecha que se fija en el calendario del Sistema de Admisión Escolar a principios de cada año.
Es muy importante ingresar a un curso en el que desea matricularse, ya que el establecimiento informará cuando se libere una vacante de ese curso en particular, lo que no implica que existan vacantes en otro curso de interés. Por lo tanto, sí se pierde el lugar en la lista de espera.
Cada apoderado podrá ingresar sólo una vez el registro de un estudiante en un mismo curso, sin embargo, puede solicitar matrícula en todos los cursos de un establecimiento. Por esto, un estudiante puede ser registrado por más de un apoderado dentro de un mismo curso y establecimiento.
Todos los estudiantes que soliciten ingresar a un establecimiento mediante la plataforma “Anótate en la Lista” deberán ser admitidos en caso de que existan sillas libres. En caso de que no se liberen vacantes en ninguno de los colegios en los que se solicitó matrícula, se recomienda buscar vacantes en http://vacantes.mineduc.cl para solicitar matrícula en un establecimiento que sí cuentan con cupos disponibles.