Regularización

El registro público es un instrumento único en formato digital en el que se realizan las solicitudes para obtener una vacante para el año escolar en curso. Los establecimientos que cuenten con sillas libres deberán asignarlas siguiendo el orden de ingreso de las solicitudes según la fecha y la hora en la que fue hecha la solicitud a través de la herramienta Anótate en la Lista.

¡Importante! Todas las solicitudes se deben realizar a través de la plataforma web Anótate en la Lista (plataforma totalmente desarrollada por el Ministerio de Educación), en ella se deja registro de las solicitudes de vacantes que realizan los apoderados a un establecimiento educacional.

Para inscribirse en el registro público, las familias interesadas deben acceder al sitio web www.sistemadeadmisionescolar.cl y hacer clic en el botón "Anótate en la Lista", ubicado en la parte superior de la página. A continuación, deberán completar el registro utilizando un correo electrónico al cual tengan acceso y un número de teléfono actualizado. Después, deberán ingresar los datos del estudiante y seleccionar el curso al que desean postular. ¡Listo! Ahora podrás solicitar vacantes en los colegios de tu elección.

Todos los apoderados que soliciten una vacante a un establecimiento deben registrar su solicitud en el registro público digital del establecimiento que se encontrará en www.sistemadeadmisionescolar.cl.

Los establecimientos educacionales que cuenten con vacantes deben asignarlas según el orden de recepción de las solicitudes, utilizando la plataforma "Anótate en la Lista". Cada vez que un establecimiento asigne una vacante a un estudiante, se enviará automáticamente un correo electrónico al apoderado, informándole sobre la vacante disponible. Además, el director del establecimiento podrá acceder a los datos del apoderado, lo que facilitará el contacto para agilizar la matrícula o, en su caso, gestionar el rechazo de esta.

Sí, cada vez que se solicite una vacante a un establecimiento educacional para el año escolar en curso. La solicitud del apoderado deberá registrarse a través de la plataforma “Anótate en la Lista” utilizando un correo electrónico al cual tengan acceso y un número de teléfono actualizado.

Según la disponibilidad de vacantes del colegio, éstas se asignarán por orden de registro, según la fecha y hora en que se realizó la solicitud, con lo que llegará un correo electrónico para que acepte la disponibilidad de vacantes y continuar con el proceso de matrícula

Hay que recordar que el apoderado que no se presenta dentro del periodo de matrícula (establecido en el calendario del Sistema de Admisión Escolar del año en curso), perderá la vacante asignada y pasará a ser gestionada por el establecimiento durante la etapa de Regularización General, según la información proporcionada en www.sistemadeadmisionescolar.cl.

Por esta razón, los apoderados que estén en esta situación deberán registrarse en Anótate en la Lista y solicitar vacantes en los establecimientos educacionales de preferencia. Solo así podrán incorporarse a un colegio durante el año lectivo.

Efectivamente, el Registro Público es un instrumento digital único en el que se gestionan las solicitudes de vacantes para el año en curso. Los establecimientos que dispongan de vacantes deberán asignarlas en el orden de recepción de las solicitudes de los apoderados según el número de inscripción que aparece en el Registro Público.

¡IMPORTANTE! Para este periodo de regularización, no debe ir presencialmente al establecimiento, ya que la única manera de solicitar una vacante es mediante la plataforma “Anótate en la Lista”, que estará disponible en www.sistemadeadmisionescolar.cl

Los establecimientos sólo podrán exigir documentación que acredite la identidad del apoderado y del estudiante.

Podrá solicitar:

- Copia de la Cédula de Identidad del estudiante, Certificado de Nacimiento o Certificado IPE.

- Copia de la Cédula de Identidad del apoderado por ambos lados, o en su defecto, Certificado IPA y Pasaporte.

En caso de asignar a un representante para realizar la matrícula, el establecimiento podrá solicitar:

- Poder simple emitido por el apoderado, con los datos del apoderado y los datos de la persona designada en su representación.

- Copia de la cedula de identidad del apoderado por ambos lados, o en su defecto, certificado IPA y Pasaporte y Copia de la Cédula de Identidad del representante por ambos lados, o en su defecto, certificado IPA y Pasaporte.

Los establecimientos podrán solicitar documentación complementaria, pero no podrán negar la matrícula en caso de no poseerla.